Micelio
Auto20 de abril de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante De Oficio Procesado Sapia Domico Nasario·Demandado Sapia Domico Nasario

Tema · dato duro
Ausencia Del Factor Institucional La Comunidad Indígena No Cuenta Con La Capacidad Efectiva Para Investigar Y Sancionar Penalmente La Presunta Comisión Del Delito De Acceso Carnal Violento.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Montería, Córdoba, y las autoridades del Cabildo Mayor Karagaby del Resguardo Indígena Emberá Katio del Alto Sinú, ubicado en Tierralta, Córdoba.

Dicho conflicto se originó en un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano indígena, por la presunta comisión del delito de acceso carnal violento.

La Sala Plena al constatar que el asunto sub examine configura un conflicto positivo de competencia entre jurisdicciones, pasa a realizar una valoración ponderada y razonable de los factores que determinan la competencia de la jurisdicción especial indígena, advirtiendo que, si bien se satisfacen los factores personal y territorial, no se logró constatar el cumplimiento del presupuesto institucional, teniendo este último requisito, mayor impacto en la adopción de esta determinación.

Por tanto, concluye que para los efectos del asunto sub examine, la jurisdicción especial indígena no puede asumir conocimiento del proceso penal.

Conforme a lo anterior, la Sala Plena de la Corte Constitucional dirime el conflicto de la referencia declarando que le corresponde a la jurisdicción ordinaria conocer el proceso penal por el delito de acceso carnal violento.

En consecuencia, remitió el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Tierralta, Córdoba, para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. Dirimir el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Tierralta, Córdoba y las autoridades del Cabildo Mayor del Resguardo Karagaby, ubicado en el municipio de Tierralta, Córdoba, en el sentido de DECLARAR que corresponde a la jurisdicción ordinaria conocer el proceso penal seguido en contra Nasario Sapia Domico por el delito de acceso carnal violento.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1305 al Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de Tierralta, Córdoba, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las autoridades del Cabildo Mayor del Resguardo Karagaby, ubicado en el municipio de Tierralta, Córdoba.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por4
A. 1856/24Incumplimiento Del Factor Institucional- El Factor Objetivo No Es Determinante- Acceso Carnal Abusivo Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria- Falta De Acreditación De Un Sistema De Investigación, Sanción Y Juzgamiento De Delitos Sexuales Que Garantice El Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes.A. 1633/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional- Factor Objetivo No Es Determinante- No Se Acreditó Que La Comunidad Cuente Con Procedimientos Que Garanticen La Protección De Los Bienes Jurídicos Presuntamente Lesionados, Que Sean Respetuosos Del Derecho Al Debido Proceso, Que Garanticen Los Derechos De Las Víctimas Y Un Poder De Coerción.A. 1385/24Integralidad Sexual De Los Niños, Niñas Y Adolescentes-Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes Como Límite A La Autonomía Jurisdiccional De Las Comunidades Indígenas-Conducta Que Afecta A La Comunidad Indígena Y A La Sociedad Mayoritaria.A. 1067/24Incumplimiento Del Factor Objetivo E Institucional-La Fabricación, El Tráfico, El Porte De Armas De Fuego Y La Utilización Ilícita De Redes De Comunicación Conductas De Especial Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria-No Se Aportaron Elementos Que Permitan Determinar La Existencia De Procedimientos Para Adelantar La Investigación Y El Juzgamiento De Los Delitos. No Se Constataron Las Garantías De La Presunción De Inocencia, La Prohibición De La Responsabilidad Objetiva Y El Principio De Culpabilidad Individual.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.